Los derechos de las minorías en la filosofía política y en el derecho internacional

Authors

  • Will Kymlicka

DOI:

https://doi.org/10.35487/rius.v2i22.2008.144

Keywords:

multiculturalismo, derechos de las minorías, derechos indígenas, minorías nacionales, derechos destinados

Abstract

Este artículo explora la relación entre el desarrollo de las normas relativas a los derechos de las minorías en el derecho internacional y el desarrollo del interés por los derechos de las minorías en la filosofía política, más concretamente en el multiculturalismo liberal. El autor considera que, si bien estos movimientos tuvieron orígenes diferentes, ambos se pueden considerar como intentos de búsqueda de alternativas al modelo del “estado-nación” unitario y homogéneo, y, en tanto en cuanto, como articulación de nuevos modelos de construcción de ciudadanía. Ambos son, además, la respuesta a la insuficiencia de un planteamiento puramente “genérico” de los derechos de las minorías, que intenta aplicar el mismo conjunto de derechos a todas las minorías etnoculturales. El derecho internacional y las teorías multiculturalistas han aceptado la necesidad de complementar ese planteamiento puramente genérico con un esquema de derechos orientados a la protección de grupos específicos, es decir, con un esquema de derechos destinados o diferenciados en función del grupo. El autor analiza los dos principales ejemplos de regímenes de derechos de minorías específicos que existen en el derecho internacional (los de las minorías nacionales en el derecho europeo y los de los pueblos indígenas en las normas de la onu) y los compara con las teorías del multiculturalismo liberal.

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Author Biography

Will Kymlicka

Catedrático de filosofía política en la Queen’s University (Canadá) y profesor visitante del Programa de Estudios sobre el Nacionalismo en la Universidad Central Europea de Budapest

References

Como prueba, véase Kymlicka, 2007, cap. 5.

Para una visión panorámica, ver Gagnon y Tully (2001).

Esta percepción todavía existe en relación con algunos grupos inmigrantes, particularmente con grupos musulmanes después del 11 de septiembre. Pero ya no se aplica a las minorías nacionales históricas.

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